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La
Constitución española de 1978 incorporó, en el
apartado 10 de su artículo 27, la autonomía de las
Universidades como uno de los principios
constitutivos del sistema educativo español. Recogía,
de esta forma, la tradición y experiencia de las
mejores universidades del mundo y salía al paso de
las injerencias del poder político durante décadas
que habían conducido a la enseñanza superior española
a un estado de mediocridad incompatible con las
demandas de una sociedad industrial.
Cinco años
después, en 1983, la Ley de Reforma Universitaria
estableció, en desarrollo del mencionado artículo
27.10 de la Constitución, un marco para la renovación
d e la vida académica. Se trataba, entonces, de
aprovechar la autonomía para iniciar un verdadero
proceso de autoreforma en nuestra Universidad,
aprovechando un instrumento legal, la LRU, concebida
como una ley para permitir los cambios que las
universidades españolas venían urgiendo desde la
aprobación de nuestra Carta Magna. En virtud de
dicha ley, las universidades elaboraron y aprobaron
sus Estatutos, en los que se concretaba la autonomía
académica, organizativa, de selección de personal
docente y no docente y presupuestaria que deben
caracterizar a cualquier universidad moderna. En
aplicación de la mencionada ley se abordaron los
cambios imprescindibles que, en relación con el
profesorado, exigía el acelerado crecimiento de las
demandas de estudios universitarios de nuestro país.
Como consecuencia de la LRU, el sistema
universitario español se adaptó, en lo que se
refiere a la distribución competencial, a las
previsiones de nuestra Constitución. En desarrollo,
en fin, de los principios de esta ley se revisaron
tanto el catálogo de títulos universitarios como
los correspondientes planes de estudio, tratando con
ello de adecuar la oferta universitaria a las
necesidades de la sociedad española.
El sistema
universitario español se parece muy poco al que
abordó la reforma emprendida en 1983. Ha aumentado
sustancialmente el número tanto de Universidades públicas
como privadas. Consecuentemente, tenemos hoy un número
muy superior de estudiantes universitarios y se ha
producido la plena incorporación de las mujeres a
la enseñanza universitaria. Las universidades
dependen de las respectivas Comunidades Autónomas
que han asumido, progresivamente, competencias en
materia de educación superior. Gracias a la autonomía,
nuestro sistema universitario ha ido diversificándose
y, hoy en día, disponemos de una razonable
heterogeneidad que ha enriquecido sin ninguna duda
nuestra oferta de estudios superiores. Es evidente
que, como sucede con todas las leyes, algunas
previsiones de la LRU han resultado más acertadas
que otras. Que el propio desarrollo de nuestro
sistema universitario ha convertido en obsoletas
algunas de sus propuestas. Pero todos los
indicadores de los que disponemos demuestran bien a
las claras que las universidades españolas tiene
hoy una mayor calidad docente e investigadora que la
que tenían cuando se aprobó la LRU. A esta mejora
ha contribuido el nuevo marco legal, pero también
el incremento de medios materiales que las
administraciones públicas han puesto a disposición
de las Universidades y, naturalmente, los esfuerzos
que los profesores y el personal no docente han
desplegado en estos años. La sociedad española es
consciente de que tiene a su disposición las
generaciones de jóvenes mejor formados de su
historia, porque tiene un sistema universitario del
que, desgraciadamente, no ha podido disponer en
otros tiempos.
La propia expansión del sistema universitario, el
nuevo espacio europeo de enseñanza superior y de la
investigación, las mayores exigencias sociales en
relación al mismo y la experiencia acumulada
dieciocho años después de la aprobación de la LRU
aconsejan acometer una reforma de esta ley, en un
momento en el que lejos de disminuir han aumentado
las expectativas depositadas por los ciudadanos en
las universidades. En el inicio del desarrollo de la
llamada sociedad del conocimiento, los poderes públicos,
los agentes sociales y los propios universitarios
han tomado conciencia de que nuestro desarrollo económico
y social depende de lo que seamos capaces de
investigar y de innovar. De que nuestro futuro
individual y colectivo está ligado a lo que seamos
capaces de aprender cada uno de nosotros y de enseñar
a nuestros jóvenes. Nunca en la historia de nuestra
civilización la enseñanza y la investigación han
tenido tanta importancia. Y la Universidad sigue
siendo la institución mejor preparada para asumir
los retos que nos plantea esta sociedad del
conocimiento que ya está aquí.
Se trata, pues, de corregir errores y disfunciones
pero, sobre todo, de dar un nuevo impulso a nuestro
sistema universitario. Es preciso realizar un
meditado análisis de la situación de nuestras
universidades y prever las estructuras y los medios
que van a necesitar para abordar con garantías las
exigencias futuras, las nuevas demandas sociales. La
Universidad de la sociedad del conocimiento ha de
ser una institución volcada en la formación
permanente, que siga atendiendo a las demandas
educativas de quienes finalizan sus estudios
secundarios y que se vaya abriendo rápidamente a
las de aquellos que, por razones profesionales o
personales, quieren seguir aprendiendo. Porque
aprender ya ha dejado de ser una actividad ligada a
la juventud. Concierne a todos, jóvenes y adultos.
Es un requerimiento para asegurar el desarrollo económico
y social. Un reto que, como ayer, exige políticas
de igualdad. El conocimiento y el saber no pueden
convertirse en una fuente de discriminaciones. La
nueva Universidad ha de ser, pues, una Universidad
abierta a todas las edades, sin distinción; a todos
los sectores sociales; a quienes ya pasaron por ella
y necesitan volver y también a los que nunca
pudieron ingresar y quieren hacerlo. A todos los que
acrediten capacidad y deseos de seguir progresando.
Este nuevo modelo exige que las universidades españolas
tengan una mayor autonomía académica y
organizativa, mejores sistemas de gestión, una
conexión con la sociedad a través de los Consejos
Sociales más eficaz, una revisión de sus métodos
pedagógicos con la plena incorporación a la
Universidad de las nuevas tecnologías de la
información y la comunicación, un profesorado en
cuya dedicación docente se incluya la atención a
las nuevas demandas sociales y, finalmente, un
sistema específico de acceso universitario para
adultos.
Y estos cambios es necesario llevarlos a cabo
contando con quienes, porque así lo ha establecido
nuestra Constitución, deben desplegar los cambios
necesarios. Con las Comunidades Autónomas y con las
propias Universidades, organizadas democráticamente
tal y como también prescribió nuestra Constitución.
Una vez más, se trata de establecer las normas
necesarias para que la propia comunidad
universitaria aborde la reforma, preservando su
autonomía y garantizando los necesarios controles
sociales. Porque la experiencia reciente demuestra
que se puede confiar en nuestra Universidad.
El Ministerio de Educación y Cultura ha planteado
un proyecto de reforma de la LRU que está muy lejos
de alcanzar estos objetivos. Lo ha hecho sin contar
con las Comunidades Autónomas, sin escuchar a las
universidades, con desconfianza hacia la comunidad
universitaria. Ha elaborado un proyecto de ley
reglamentista, que invade las competencias de las
Comunidades Autónomas y de las propias
universidades y que no resuelve los problemas que la
misma Ministra de Educación ha enunciado que
pretende abordar. No dota a las Universidades de los
órganos necesarios para mejorar su gestión,
reintroduce los viejos sistemas de selección
centralizada del profesorado universitario, plantea
una regulación incompleta de las universidades
privadas y olvida la financiación de nuestro
sistema universitario, que sigue estando a la cola
de los países de Unión Europea en gasto por
alumno.
Los socialistas queremos hacer pública nuestra
convicción de que un proyecto así concebido, que
no tiene el consenso de administraciones y
universidades está condenado al fracaso. Y con él,
la Universidad habrá perdido la oportunidad de dar
un salto hacia delante en un momento clave para
nuestra enseñanza superior. La sociedad española
debe saber que la aprobación de una ley como la que
el Ministerio de Educación y Cultura plantea abrirá
un proceso de modificaciones legislativas de una
enorme complejidad. Al Gobierno le corresponderá el
desarrollo básico de la ley. Las Comunidades Autónomas
deberán por su parte proceder a publicar las normas
que completan dicho desarrollo básico. Y
finalmente, las Universidades tendrán que
reelaborar sus estatutos para adaptarlos a la nueva
reglamentación. Un proceso largo que va a ocupar
muchos esfuerzos y que bien merece un comienzo más
meditado y sobre todo un gran acuerdo con los grupos
políticos, las administraciones educativas y las
propias universidades.
El PSOE quiere contribuir al necesario debate
presentando sus alternativas a los problemas más
acuciantes que tiene hoy nuestra Universidad. No se
trata en ningún caso de propuestas cerradas, sino
de poner a disposición de toda la comunidad
educativa universitaria, de las administraciones y
del resto de los grupos políticos un conjunto de
propuestas con el objetivo de abordar con el mayor
consenso posible los cambios que la Universidad española
necesita para continuar mejorando la calidad de sus
actividades docentes e investigadoras. Unos cambios,
por otra parte, cuya implantación no depende sólo,
ni fundamentalmente, de modificaciones legales sino
de las políticas que Administraciones y
Universidades deben poner en práctica.
LOS
PROBLEMAS Y LAS ALTERNATIVAS
1-
El acceso a la Universidad
Los sistemas de acceso a la universidad han sido
históricamente objeto de polémica, tanto en España,
como en el conjunto de los países de la Unión
Europea. Una polémica alimentada por la demanda
insatisfecha en ciertos estudios y carreras
universitarias, que ha hecho recaer sobre los
sistemas de acceso, además de la responsabilidad de
garantizar el nivel académico adecuado de quienes
ingresan en la Universidad, la función de
seleccionar a aquellos que acceden a los mencionados
estudios. Desgraciadamente, es imposible adecuar
exactamente la oferta de plazas y la demanda de los
estudiantes, por lo que en numerosas carreras va a
seguir siendo necesario introducir mecanismos de
selección. A las administraciones publicas
corresponde garantizar que esos procesos de selección
se realizan de forma escrupulosamente objetiva y que
en ellos son los méritos y las capacidades de los
alumnos los que permiten establecer la selección.
Las pruebas de acceso a la Universidad han servido
para regular en España esos procesos de selección
tanto en la Universidad pública como en la privada.
A lo largo de los últimos años se han modificado
distintos aspectos de las mismas tratando de mejorar
y objetivar los correspondientes procesos de selección.
Estas pruebas de acceso han venido, además,
cumpliendo otras dos funciones. Por un lado la de
garantizar el nivel de conocimientos necesario de
los alumnos que ingresan en la Universidad y, por
otro, la de homologar los resultados de los centros
tanto públicos como privados, para asegurar la
mayor equidad posible en los procesos de selección.
De hecho, tras los cambios experimentados en el
sistema educativo español, son las únicas pruebas
externas a los centros que se realizan en todo la
educación preuniversitaria.
Los socialistas creemos que estas pruebas deben
modificarse sustancialmente. Pero creemos que las
funciones que cumplen en el sistema educativo español
son imprescindibles. El proyecto de ley presentado
por el Gobierno no da, en este sentido, una
respuesta adecuada. Aparentemente, se suprime la
selectividad y se sustituye por una prueba de acceso
para los centros en los que haya más peticiones que
plazas disponibles, que en los próximos años y a
pesar del descenso demográfico van a seguir siendo
numerosos en el sistema universitario español-
ingenierías, carreras biosanitarias, algunas
facultades económicas y empresariales, nuevas
diplomaturas etc.-. Un proceso que, incluso en
determinados centros, lejos de disminuir, va a
aumentar al mismo ritmo al que lo haga la deseable
movilidad universitaria. No es pues un problema
transitorio y no parece que el acceso centro a
centro, con pruebas poco definidas- ¿cómo se
valora la vocación?- vaya a contribuir a mejorar la
objetividad y transparencia en estos procesos. Pero,
además, ¿qué pasará con aquellos estudiantes que
no consigan entrar en el centro que elijan en primer
lugar?¿ se tendrán que volver a examinar en el
centro elegido en segunda opción si es que también
existen en éste problemas de falta de plazas?.
Con todo, el problema no acaba ahí. Si se suprimen
las pruebas de acceso, se elimina la única prueba
externa a los centros que en la actualidad existe en
nuestro sistema educativo, algo que no ocurre en
ningún país de nuestro entorno, en los que estos
tipos de pruebas, bien a la entrada a la Universidad
bien al final de la educación secundaria, están
siempre presentes. Y, finalmente, ¿cómo se
garantizará la homologación entre centros? ¿qué
requisitos tendrán que cumplir los estudiantes que
accedan a las universidades privadas? ¿podrá darse
en nuestro sistema educativo la insólita situación
de un médico, con título homologado en toda España,
que haya realizado todos sus estudios, desde la
educación infantil hasta la Universidad, en centros
privados, sin pasar ningún tipo de control por
parte de las Administraciones educativas? Son incógnitas
fundamentales que el Gobierno no ha querido
despejar. Los socialistas creemos que el sistema que
se esboza en el proyecto del Ministerio dista mucho
de ser satisfactorio. Y estamos convencidos de que,
más pronto que tarde, el Ministerio desvelará su
pretensión de establecer una prueba tipo reválida
al final del Bachillerato. De esta forma no se
suprimiría la selectividad. Se cambiaría de sitio,
de la entrada a la universidad al final del
bachillerato. Con el agravante de que muchos
estudiantes se verían obligados a hacer dos
pruebas: una reválida y otra para acceder a los
estudios elegidos. Donde había una prueba, la
selectividad, dos: una reválida y una prueba de
acceso.
En cualquier caso, los problemas del acceso a la
Universidad no se pueden abordar únicamente desde
esa perspectiva. Es preciso tener presente el papel
que la Universidad va a jugar en la sociedad del
conocimiento. No es difícil aventurar que a la
Universidad se le va a pedir que abra sus puertas a
quienes no llegaron a ella al final de sus estudios
preuniversitarios y a aquellos que, por razones
profesionales, necesitan pasar de nuevo. La
Universidad debe prepararse para atender esas nuevas
demandas, adaptarse a una sociedad en la que la
tarea de aprender no va a quedar asociada a una
determinada etapa en la vida de los ciudadanos sino
que les va a acompañar toda la vida. Esa
Universidad abierta exige mecanismos de acceso
adicionales al que se regula con carácter general
para aquellos estudiantes que quieren cursar sus
estudios superiores inmediatamente después de
finalizar el Bachillerato. Los socialistas creemos
que la Universidad debe liderar esta nueva etapa de
la educación y organizarse para responder a las
demandas de la sociedad del aprendizaje en la que ya
estamos inmersos. Es una tarea compleja que afecta a
la organización de la Universidad, a su gestión, a
la oferta de nuevos estudios y titulaciones
profesionales, culturales, artísticas, a la
metodología docente, a la plena incorporación a la
enseñanza universitaria de la nuevas tecnologías
de información y comunicación y, por supuesto, a
los mecanismos de acceso a la Universidad.
Por todo ello, pensamos que debe mantenerse un
sistema de acceso a los estudios universitarios con
una regulación nacional, de aplicación a
Universidades públicas y privadas, que con
transparencia y objetividad y de acuerdo con
criterios de igualdad, mérito y capacidad, cumpla
las tres funciones antes señaladas: garantizar un
nivel de conocimientos suficiente para cursar con
aprovechamiento los estudios universitarios,
homologar los resultados de los centros públicos y
de los privados y seleccionar a los alumnos en
aquellos centros en los que la demanda de plazas sea
superior a la oferta disponible. Eso no significa
que las actuales pruebas de acceso deban permanecer
como están reguladas en la actualidad. Es necesario
introducir modificaciones en relación tanto con la
configuración de las propias pruebas, como con sus
sistemas de calificación y reclamación, su
desarrollo, la relación entre las materias que las
integran y el acceso a determinadas carreras
universitarias o los mecanismos de orientación en
el Bachillerato y de coordinación entre éste y la
Universidad.
Pero es preciso también revisar profundamente los
mecanismos de acceso a la Universidad, a sus
estudios reglados y no reglados, de aquellos que han
interrumpido sus estudios y se han integrado en el
mercado de trabajo antes de acceder a los estudios
superiores. En esta línea, los socialistas
proponemos que se habilite, con carácter general,
una vía de acceso a los estudios universitarios
para quienes deseen ingresar en ellos desde el mundo
laboral. Una vía complementaria de la que se
establece para los alumnos procedentes del
Bachillerato, sin restricciones académicas previas,
con la única exigencia de una determinada
experiencia laboral, abierta tanto a estudios
reglados y a sus diversos ciclos como a los no
reglados, organizada por las universidades en el
marco de una normativa estatal suficientemente
flexible y general.
El alivio de la presión demográfica y la ampliación
de la oferta universitaria en nuestro país han
disminuido notablemente los problemas en el acceso a
la Universidad, que en las dos últimas décadas
pasadas hemos conocido en España. Las actuales
circunstancias nos permiten plantearnos con realismo
que un número cada día más numeroso de jóvenes
accedan no sólo a los estudios que desean sino que,
además, lo hagan en el centro y la Universidad que
consideren más conveniente. Es un derecho que debe
estar al alcance de todos los alumnos sean cuales
sean sus medios económicos. La implantación del
denominado distrito único en España exige, para
que funcione con eficiencia y con equidad, un
sistema de acceso a la Universidad común con un
grado aceptable de homogeneidad entre todas las
universidades, como el que planteamos los
socialistas, y, sobre todo, una oferta de becas
suficiente, que tenga en cuenta los costes de
estudiar fuera de la Comunidad Autónoma y de la
ciudad en la que se reside habitualmente.
2.-
La coordinación del sistema universitario español:
el Consejo de Universidades
El sistema universitario español ha experimentado
en los últimos años un profundísimo proceso de
descentralización. De la mano de la aplicación de
la LRU y de la transferencia de las universidades a
las Comunidades Autónomas, en los últimos quince años
se ha producido una redistribución de competencias
en materia de enseñanza superior entre el Estado,
las Comunidades y las propias Universidades. La
Universidad no debe, sin embargo, ser patrimonio de
quienes forman parte de la comunidad universitaria
en un momento determinado; es y debe seguir siendo
un servicio público referido a los intereses
generales de las diferentes Comunidades Autónomas
y, también, del conjunto de España. Con el
objetivo de asegurar el funcionamiento de ese
servicio público, en la LRU se establecieron los
Consejos Sociales de las Universidades y el Consejo
de Universidades, organismo con capacidad de
ordenamiento, coordinación y planificación del
sistema universitario español.
El Consejo de Universidades, cuyo reglamento se
aprobó en 1985, ha ido perdiendo progresivamente su
funcionalidad. Los últimos años se han
caracterizado por la atonía y la falta de
actividad. A ello han contribuido diversos factores.
El primero y más significativo, ha sido la falta de
liderazgo de las autoridades educativas del Estado
desde la llegada del PP al poder, aunque no podemos
olvidar que el incremento del numero de
universidades y la presencia de las diecisiete
Comunidades Autónomas en la Comisión de Coordinación
y Planificación, una vez asumidas por todas ellas
las correspondientes competencias en materia de enseñanza
superior, ha elevado notablemente la complejidad de
su funcionamiento. Paralelamente, las tareas de
coordinación efectiva de la política universitaria
se han ido desplazando hacia la Conferencia de
Rectores, que en los últimos años ha ganado peso y
credibilidad en el sistema universitario español, y
hacia los diferentes organismos de coordinación de
ámbito intracomunitario que han ido poniendo en
funcionamiento las diferentes Comunidades Autónomas.
Los socialistas queremos reafirmar nuestra convicción
de que la existencia de una institución que
coordine y planifique el sistema universitario español,
sin perjuicio de las competencias de cada Comunidad
Autónoma, sigue siendo imprescindible; que se debe,
por tanto, definir un lugar de encuentro entre
quienes tienen responsabilidades en la política
universitaria - Ministerio de Educación, Consejeros
y Rectores -, como garantía de que existe un
sistema universitario español.
El proyecto de reforma de la LRU que el Gobierno ha
presentado no introduce ninguna modificación
sustancial en el diseño que, en dicha ley, se hizo
para el Consejo de Universidades. Se limita a
incrementar el número de miembros del Consejo
elegidos directamente por el Congreso, el Senado y
el propio Gobierno, de quince a veintiuno, y a crear
una Comisión Mixta en el seno de dicho Consejo que
ya ha venido funcionando en los últimos años, con
una escasa operatividad. Se trata, pues, de un
proyecto que en lo que se refiere al Consejo de
Universidades, también resulta una oportunidad
perdida.
Los socialistas pensamos que una verdadera reforma
del Consejo de Universidades debe partir de la
consideración de que el sistema universitario español
es hoy muy distinto al que existía en 1985, de que
el funcionamiento del Consejo se ha burocratizado
hasta hacer irreconocible sus funciones más
relevantes: la coordinación del sistema
universitario español, su planificación y las
tareas de asesoramiento a las distintas
administraciones educativas. Para que el Consejo
retome sus funciones en relación con el sistema
universitario en su conjunto, debe abandonar algunas
cuyo ejercicio tenía sentido en un momento en que
las universidades estaban estrenando autonomía y en
el que las Comunidades Autónomas iniciaban el
ejercicio de las competencias que en materia de enseñanza
superior les asignaba la Constitución Española. ¿
Es razonable que una Comisión de Coordinación y
Planificación integrada por los responsables de política
universitaria de las Comunidades Autónomas y por
varios Rectores informe sobre la creación de una
Facultad, Escuela Técnica Superior o Escuela
Universitaria en cualquier Universidad pública española,
oída la Comisión Académica, integrada, a su vez,
por los Rectores de las Universidades y por algunos
de los Consejeros de Educación? Creemos que no. El
esfuerzo que en el Consejo de Universidades se
realiza para desarrollar funciones que, en este
momento, están asignadas a otras instancias
universitarias o autonómicas, va en detrimento de
aquellas de carácter general, en las que una
institución de esta naturaleza, que representa al
conjunto del sistema universitario español, es
irreemplazable.
Pero, además, la designación de algunos Consejeros
para formar parte de la Comisión Académica y de
unos cuantos Rectores para integrarse en la Comisión
de Coordinación y Planificación no ha hecho sino
desnaturalizar ambas comisiones, cuando no
reproducir debates que deben producirse en las
distintas instituciones de coordinación autonómica.
Por ello, los socialistas pensamos que se debe
reformar el Consejo de Universidades en tres
direcciones:
a) Simplificar notablemente sus funciones y
trasladar aquellas que hoy ya se pueden desarrollar
en otras instancias autonómicas o universitarias.
b) Delimitar el carácter de ambas Comisiones, de
forma que la Comisión Académica quede integrada
por los Rectores y la de Coordinación y Planificación
por los Consejeros de las Comunidades Autónomas,
estableciendo mecanismos flexibles de colaboración
entre ambas Comisiones cuando ello sea
imprescindible.
c) Redefinir las funciones del Pleno del Consejo que
se ocuparía de las tareas de planificación general
y asesoramiento y que debería elaborar un informe
bianual sobre el estado de la enseñanza superior en
nuestro país.
En resumen, los socialistas queremos un Consejo de
Universidades que cumpla eficazmente las funciones
que la LRU le encomendó y que colabore con el
Gobierno Central, las Comunidades Autónomas y las
universidades para establecer los principios
generales por los que debe discurrir la política
universitaria española de los próximos años.
3-
Universidad e Investigación
La LRU partía de la consideración de que la
institución mejor preparada para asegurar la
incorporación de la sociedad española al mundo de
la ciencia y la tecnología era la Universidad.
También de que en la universidades modernas la
calidad docente está estrechamente ligada a la
investigación científica: una institución de enseñanza
superior ajena a la investigación difícilmente
puede denominarse universidad. Por todo ello, en la
Ley se establecieron toda una serie de previsiones
encaminadas a impulsar la investigación
universitaria: una organización, la departamental,
más preparada para hacer frente a las actividades
de I+D que la clásica estructura de Facultades, la
revisión de los estudios de tercer ciclo, una
definición de los mecanismos de conexión entre la
universidad y las empresas, el conocido artículo 11
entre ellos, y una carrera universitaria en las que
las actividades de investigación científica e
innovación tecnológica se consideren prioritarias
para acceder a los cuerpos docentes universitarios.
El resultado de estas medidas, cualquiera que sea el
parámetro que se escoja para su evaluación, ha
sido positivo. Las universidades españolas
investigan más, publican sus resultados en mejores
revistas, con el consiguiente incremento del impacto
de lo que en ellas se investiga, y, en general, están
más presentes que nunca en los distintos foros,
singularmente en los europeos, que se están
configurando para hacer frente a los grandes temas
de investigación que, por su naturaleza desbordan
ampliamente las posibilidades de los países
aislados.
Sin embargo, en este campo de la investigación
universitaria, es necesario también dar un nuevo
impulso, que, desde luego, esta condicionado por los
medios materiales que las administraciones ponen en
manos de las Universidades, pero también con
algunos cambios en la legislación universitaria
actualmente en vigor.
El proyecto de ley que ha presentado el Gobierno,
incluye algunas referencias a la investigación
universitaria que nos parecen claramente
insuficientes. Porque no se trata sólo de
incorporar un artículo específicamente dedicado a
la investigación en las universidades, cuanto de
revisar toda la legislación universitaria bajo el
prisma de una Universidad que debe volcarse cada día
con mas intensidad en la investigación científica
y en el desarrollo tecnológico; en la investigación
básica, naturalmente, y también en la aplicada, en
los mecanismos de transferencia al sector productivo
de los resultados de su investigación, en la
formación de doctores para sus plantillas docentes
e investigadoras y para las empresas, en los
intercambios de profesores e investigadores con
otras universidades y con los sectores productivos.
Por todo ello los socialistas proponemos que, dentro
de las exigencias mínimas que el Gobierno debe
establecer para la autorización de nuevas
Universidades y Centros, se incluyan previsiones
concretas en relación con la investigación
universitaria; que la actividad investigadora de la
universidad se someta a evaluación externa al igual
que las actividades docentes; que dentro de las áreas
de trabajo que se establecen en la ley para el
personal de administración y servicios se incluya
una específicamente una dirigida a la investigación;
que se potencie el carácter interdisciplinar de la
investigación universitaria y la creación de
Institutos Universitarios; que se revise la regulación
actual de los estudios de tercer ciclo; que se
faculte a las universidades para flexibilizar el régimen
de dedicación del profesorado universitario con el
fin de contemplar las actividades de investigación;
que se incorporen plenamente en los sistemas de
evaluación de la actividad investigadora del
profesorado (sexenios de investigación) la
participación en patentes y otras actividades de
innovación; que se faciliten los procesos de
transferencia de tecnología en las universidades a
través de la potenciación de las Oficinas de
Transferencia de Tecnología y la creación de
Parques Científicos Tecnológicos; y, finalmente,
que se incluyan entre las funciones del Consejo
Social las relativas a la promoción, estímulo y
evaluación de la actividad investigadora de la
Universidad, en especial en lo relativo a su
vinculación con los sectores productivos.
La Universidad
española desarrolla más del 60% de las actividades
de I+D que se realizan en el conjunto del Sistema
Ciencia-Tecnología español. Este porcentaje es
mucho más alto si consideramos exclusivamente la
investigación básica. La progresiva disminución
de la atención que, en los distintos programas del
Plan Nacional de I+D+I, se ha producido hacia este
tipo de investigación, además de un error estratégico,
supone, pues, una dificultad añadida para la
investigación universitaria.
Es preciso insistir en la importancia de incrementar
los recursos que se dedican a la investigación básica
no orientada, al tiempo que resulta necesario que
las administraciones educativas consideren dentro de
los presupuestos de cada Universidad un capítulo
específico dedicado a la investigación, de forma
que esta actividad pase a ser financiada como la
actividad docente, sin perjuicio de que las
universidades sigan acudiendo a las convocatorias
competitivas que dependen del Plan Nacional y de los
distintos Planes de las Comunidades Autónomas.
4-
El profesorado universitario
La LRU abordó el problema del profesorado
universitario a partir de dos postulados
fundamentales: la existencia de cuatro categorías
fundamentales de profesores universitarios, de carácter
funcionarial, con un estatuto singularizado y
adaptado a la autonomía universitaria y el
establecimiento de una serie de figuras
contractuales que sirvieran para configurar una
carrera docente y, al mismo tiempo, facilitar la
contratación por parte de la Universidad de
profesores y profesionales de otras universidades o
de los sectores productivos.
Este sistema ha permitido disminuir el altísimo
grado de precariedad e inestabilidad que
caracterizaba a las plantillas universitarias en el
momento de la aprobación de la LRU. Sin embargo, el
rápido crecimiento del número de universidades y
de la propia demanda de estudios superiores y,
consiguientemente, del numero de profesores, ha
desvirtuado alguna de las figuras que se
establecieron en la LRU, fundamentalmente, la de
profesor asociado, que ha acabado siendo la forma de
vinculación a las tareas universitarias de muchos
profesores que aguardan para integrase en las
plantillas docentes.
Pero, además, el sistema de concursos diseñado en
la LRU para acceder a los cuerpos docentes
universitarios ha favorecido en exceso a los
candidatos provenientes de los propios
Departamentos, dificultando la deseable movilidad en
el profesorado universitario, y proyectando dudas,
no siempre razonablemente argumentadas, sobre la
calidad docente e investigadora de los profesores
seleccionados en algunas universidades,
fundamentalmente, en las de más reciente creación.
El proyecto de ley presentado por el Gobierno quiere
salir al paso de las deficiencias apuntadas. Para
ello, redefine la carrera docente, establece una
nueva regulación del profesorado contractual y
regula de una manera radicalmente distinta, que no
nueva, los sistemas de selección del profesorado
perteneciente a los cuerpos docentes universitarios.
Una primera crítica merece el modelo que parece, y
decimos parece porque nunca ha sido explicado
convincentemente por el Ministerio de Educación y
Cultura, subyacer a las modificaciones que se
pretenden. La definición, por una parte, de una
categoría específica de Profesores contratados
doctores, al margen de los Ayudantes doctores que se
regulan como una categoría diferente, junto a la
previsión de que el número de profesores
contratados puedan llegar hasta el 49% de las
plantillas docentes en cada universidad, apunta y,
en cualquier caso, permite que Universidades y/o
Comunidades Autónomas establezcan, en la práctica,
lo que en su momento se llamó "doble vía"
de profesorado universitario: una de funcionarios y
otra de contratados, dotadas, ambas, de sistemas
retributivos semejantes, de una parecida estabilidad
y cuya única diferencia residiría en los sistemas
de acceso. En efecto, nada impide en el proyecto de
ley presentado por el Ministerio que una determinada
Universidad, de acuerdo con la Comunidad Autónoma
de la que dependa, establezca dos niveles de
profesores contratados doctores, los titulares y los
catedráticos. Nada obstaculiza que las
retribuciones de dichas categorías se definan por
analogía con las similares categorías
funcionariales y nada imposibilita tampoco que la
normativa autonómica dote a estos puestos y a
quienes les ocupan de estabilidad. Las discusiones
que en los últimos años se han producido en relación
al profesorado universitario entre las distintas
Comunidades Autónomas y universidades confiere
verosimilitud a la posibilidad que acabamos de
describir. Y convendría que si esa es la voluntad,
la de permitir la existencia de una doble vía de
profesorado universitario, se aclarara, y que si no
es esa la intención del Gobierno, se introdujeran
en el proyecto las oportunas correcciones.
Por lo demás, los socialistas pensamos que las
medidas que el proyecto de ley contiene en materia
de profesorado son rechazables. No distinguen la
carrera docente propiamente dicha del tercer ciclo
de estudios universitarios, introduce una figura, la
de profesores doctores contratados que limita la
eficacia de las previsiones de movilidad
establecidas para acceder a la categoría de
ayudante doctor (se debería, por cierto,
reflexionar sobre esta previsión, vistos los
resultados que ha tenido una cautela semejante,
establecida para acceder a la categoría de profesor
titular en la LRU) cuya utilidad, mas allá de
permitir la contratación de investigadores, no
queda en absoluto clara y, finalmente, sin duda lo
mas importante, se resucitan las viejas oposiciones
rebautizadas, eso sí, con nombre alemán,
habilitaciones, un sistema insólito en el mundo
universitario europeo y absolutamente incompatible
con la autonomía universitaria.
Los socialistas creemos que, efectivamente, hay que
redefinir algunos aspectos de la carrera docente,
recuperar el carácter que tenía la figura de
profesor asociado en la LRU, proveer a las
universidades de mecanismos para hacer frente de
forma flexible a sus necesidades de contratación e
introducir medidas para corregir la denominada
endogamia universitaria. Todo ello manteniendo el
carácter preferentemente funcionarial de las
plantillas docentes universitarias y respetando la
autonomía de las universidades para seleccionar a
su profesorado.
Proponemos, pues, que la contratación de Ayudantes
se siga realizando al final del tercer ciclo de
estudios universitarios, cuya duración, al igual
que se hacía en la LRU, se puede establecer en
cuatro años ( de hecho la inmensa mayoría de las
becas predoctorales tienen esa dotación. Este
sistema de becas de tercer ciclo debería mantenerse
aunque el contendido económico de las mismas y,
sobre todo, los derechos y las obligaciones de
aquellos que las disfrutan tendría que revisarse
profundamente). La duración de los contratos de
Ayudante tendría que ampliarse. La fórmula
propuesta por el Gobierno, cuatro años más otros
cuatro previa interrupción de la vinculación al
Departamento de dos años más, podría aceptarse,
aunque parece más razonable suprimir la cautela de
los dos años, que en la práctica resultará poco
eficaz, y sustituirla por la posibilidad de mantener
la condición de Ayudante mientras se realizan
estudios y trabajos de investigación en
Universidades o instituciones españolas o
extranjeras. Alternativamente cabe la posibilidad de
dejar en manos de las Universidades o de las
Comunidades Autónomas la duración máxima de los
contratos de Ayudante.
Nos parece necesario definir una nueva figura de
profesor contratado, cuya denominación podría ser
la de profesor colaborador, cuya regulación tendría
que establecerse por las propias Universidades en
sus estatutos. Utilizando esta figura se podrían
contratar profesores para determinadas áreas o
materias, doctores o no doctores y también
investigadores. Todos ellos, con carácter temporal
y en un número que no podría superar el 30% del
total de la plantilla de profesores de cada
universidad
Finalmente, creemos que deben revisarse los
mecanismos de acceso a los cuerpos docentes
universitarios. Proponemos la creación de un
proceso de acreditación previo al acceso a dichos
cuerpos. Este proceso se llevaría a cabo por
Comisiones nacionales, formadas por profesores de la
correspondiente área de conocimiento ( el catálogo
de estas áreas debería revisarse con urgencia ), a
los que se exigiría un numero mínimo de sexenios
de investigación y tendría un carácter abierto,
es decir, sin limitación alguna de plazas. La
acreditación se convertiría así en un requisito
personal que garantiza la calidad de aquellos entre
los que las Universidades van a seleccionar a su
profesorado estable. En este proceso de acreditación
las Comisiones deberían valorar los méritos
docentes e investigadores de los candidatos. El
proceso de selección se completaría en las
Universidades que, de acuerdo con su autonomía,
convocarían y cubrirían sus vacantes entre
profesores previamente acreditados, a través de un
sistema semejante al establecido actualmente en la
LRU, con unos tribunales formados por cuatro
profesores externos a la Universidad y uno, el
Presidente de la propia Universidad, designado por
éstas, de acuerdo con lo previsto en los
correspondientes estatutos. Así mismo y para
facilitar la incorporación de doctores y profesores
de la Unión Europea, creemos imprescindible que por
el Consejo de Universidades se establezcan los
oportunos sistemas de homologación y equivalencias
de títulos y de categorías docentes.
Adicionalmente, para estimular la movilidad, la
cooperación entre Universidades y permitir la
incorporación a los departamentos de muchos
investigadores que en este momento se encuentran
trabajando en Centros de Investigación y
Universidades extranjeras, los socialistas creemos
que se debe introducir en la ley una previsión para
que un porcentaje de plazas de funcionarios
docentes, un 15%, tengan que cubrirse
obligatoriamente por doctores cuyo trabajo se haya
desarrollado fuera de la Universidad convocante. La
financiación de estas plazas correría a cargo,
total o parcialmente, de la Administración del
Estado, previa la firma de los oportunos convenios
con la Comunidad Autónoma y la Universidad.
Ambos mecanismos, acreditación y concursos para
doctores y profesores ajenos a la Universidad,
creemos que garantizan la calidad docente e
investigadora de quienes ingresan en la Universidad
como profesores, estimulan la movilidad del
profesorado, permiten la reincorporación de
investigadores y son plenamente respetuosos con la
autonomía de la Universidad que es finalmente de
quien seguirán dependiendo los procesos concretos
de selección.
Finalmente, los socialistas queremos llamar la
atención sobre la ausencia de disposiciones
transitorias en el proyecto de ley del Gobierno. En
ellas debería contemplarse la valoración del
trabajo desarrollado por los actuales profesores
contratados de las universidades públicas,
singularmente de aquellos que ocupan plazas de
profesor asociado a tiempo completo.
5-
Del Gobierno, Participación, Gestión y Control
Social de las Universidades
La Ley de Reforma Universitaria estableció un
sistema de gobierno para nuestras universidades que
ha permitido a éstas alcanzar un elevado grado de
madurez institucional. El alto grado de participación
de la comunidad universitaria en los procesos de
toma de decisiones, característico de los modelos
colegiales de gobierno, ha sido cuestionado en
numerosas ocasiones por su ineficiencia. La realidad
en nuestro país es que ha contribuido de forma
decisiva a la gobernabilidad de las Universidades,
en una etapa en la que la institución universitaria
ha tenido que dar respuesta a un espectacular
incremento de la demanda docente y de la actividad
investigadora.
La estabilización del número de estudiantes, la
progresiva profesionalización de la gestión y la
extensión de los programas de calidad institucional
han llevado a las Universidades a explorar formas más
eficientes de organización. Conviene, pues, revisar
la LRU para incorporar estas experiencias, buscando
en todo caso la mayor flexibilidad posible pues, lo
que ha quedado claro después de estos años en los
que las universidades españolas han podido hacer
uso de su autonomía organizativa, es que no existe
una solución única a los problemas de gestión y
organización de la enseñanza superior.
Por otra parte, si algo va a caracterizar las
demandas futuras de la sociedad del conocimiento a
las universidades es justamente su complejidad.
Nuevos programas de estudio, formulas de acceso
diferentes, una organización temporal distinta de
las ofertas educativas, innovaciones metodológicas?una
Universidad volcada a los procesos de educación
permanente va a tener que resolver innumerables
problemas de gestión. Es evidente que esa mayor
complejidad en la gestión aconseja profundizar en
la autonomía de las instituciones universitarias.
Como lo es que, en justa contrapartida, esa mayor
autonomía organizativa debe venir acompañada de
una mejora en los sistemas de rendición de cuentas
y control social.
La LRU buscó asegurar ese necesario control social
en una universidad financiada en una proporción
notable mediante presupuestos públicos, a través
de los Consejos Sociales. La experiencia, novedosa
como pocas en nuestro sistema universitario, nos
permite concluir que se debe reforzar esta institución,
hacerlo, en especial, en lo que se refiere a su
Presidencia, al tiempo que se buscan fórmulas para
mejorar su conexión con los órganos de gobierno
académico de la Universidad.
La estructura de gobierno que define el Anteproyecto
elaborado por el Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte es complicada y confusa. Así la ha descrito
la Conferencia de Rectores (CRUE): "El excesivo
número de órganos, su inadecuado tamaño y
composición -se reduce la participación de
sectores fundamentales de la comunidad
universitaria-, junto a la complicada elección de
sus miembros, son anticipo de un funcionamiento difícil,
generador de inestabilidades e incompatible con la
gobernabilidad."
La visible desconfianza del Ministerio hacia la
autonomía universitaria se traduce en un fuerte
recorte de la participación democrática de la
comunidad universitaria en el gobierno de la
institución y en el establecimiento de mecanismos
de intervención e injerencia política que tratan
de presentarse como mayor participación social. Las
rectificaciones introducidas por el Ministerio de
Educación han pretendido suavizar esas injerencias
políticas aunque el modelo que, al menos hasta este
momento, parece defender el Gobierno sigue siendo
excesivamente reglamentista en lo que a los órganos
de gobierno de la Universidad se refiere.
Frente a esta propuesta los socialistas planteamos
una serie de modificaciones que recogen las mejores
prácticas que las universidades, en uso de su
autonomía, han puesto en marcha en estos años.
Pretendemos, en primer lugar, reforzar el control
social y permitir a las universidades profundizar en
su autonomía organizativa y de gestión, objetivos
ambos que nos parecen tan deseables como
compatibles. Creemos, en segundo termino, que es
preciso flexibilizar la estructura matricial
Centro/Departamento prevista por la LRU, permitiendo
un mejor ajuste a las peculiaridades y opciones
estratégicas de cada Universidad. Proponemos, en
tercer lugar, que se distingan en la ley claramente
las funciones de representación, gobierno, dirección,
gestión y control. Queremos, finalmente, garantizar
la participación de la comunidad universitaria en
el gobierno y apostar por la profesionalización de
la gestión de la que se debe derivar un incremento
de la eficiencia y, consecuentemente, la mejora de
la calidad del servicio universitario. Para alcanzar
estos objetivos sería necesario redefinir algunas
de los órganos de gobierno y de gestión de las
universidades en los siguientes términos:
1.- Claustro Universitario
Es el máximo órgano representativo de la comunidad
universitaria y será presidido por el Rector. Se
propone la reducción de su tamaño, fijando el número
máximo de miembros en 250, sin merma de la
representación de los diversos sectores de la
comunidad universitaria. Tal y como se establece en
la LRU, al menos tres quintos de sus integrantes serán
profesores.
2.- Junta de Gobierno
Es el órgano ordinario de gobierno de la
Universidad y será presidido por el Rector. Su
regulación debería flexibilizarse permitiendo que
sean los estatutos de cada Universidad los que
definieran su composición concreta y sus funciones
dentro de unas pautas suficientemente amplias, entre
las que se encontraría la obligatoriedad de que en
la Junta estuvieran el Rector, los Vicerrectores, el
Secretario General, el Gerente, representantes de
los diferentes sectores de la comunidad
universitaria (profesores, personal de administración
y servicios y estudiantes) y, en función de la
estructura académica de la Universidad,
representantes de los centros y departamentos. Las
Universidades podrían, si así lo establecen en sus
estatutos, incorporar a la junta de gobierno
representantes de la sociedad.
3.- Consejo Ejecutivo
Es el órgano ordinario de dirección y gestión de
la Universidad y será presidido por el Rector.
Estaría formado, en todo caso, por el Rector, los
Vicerrectores, el Secretario General y el Gerente.
Su composición y funciones deberían determinarse
por los Estatutos de cada Universidad.
4.- Consejo Social
Es el órgano de participación de la sociedad en la
Universidad. Su Presidente tendría que ser
designado por una mayoría cualificada de dos
tercios de la Cámara Legislativa correspondiente, a
propuesta del Gobierno de la Comunidad Autónoma, oído
el Rector.
El Consejo Social estaría integrado, junto al
Presidente, por el Rector, el Secretario General,
que lo será del Consejo, el Gerente y una
representación de los intereses sociales. Para el
nombramiento de los representantes de los intereses
sociales se deberían seguir los siguientes
criterios:
· Un tercio debería ser nombrado a propuesta del
Presidente del Consejo Social.
· Otro tercio sería nombrado a propuesta del
Rector.
· El último tercio sería nombrado de acuerdo con
lo que establezca una Ley de la Comunidad Autónoma
correspondiente. Esta Ley fijaría, asimismo, el número
total de miembros del Consejo.
Ninguno de los representantes de los intereses
sociales podrá ser miembro de la comunidad
universitaria.
Correspondería al Consejo Social:
· Aprobar la planificación estratégica de la
Universidad, su programación plurianual de
inversiones y su presupuesto.
· Supervisar el logro de los objetivos estratégicos,
la ejecución presupuestaria así como el conjunto
de las actividades de la Universidad.
· Impulsar la calidad de la docencia, de la
investigación y la mejora en la gestión de la
universidad.
· Promover la colaboración de la sociedad en la
financiación de la enseñanza y la investigación
en la Universidad.
· Establecer programas para facilitar la inserción
profesional de los titulados.
· Estimular los proyectos de investigación y
desarrollo compartidos entre la Universidad y las
empresas así como las políticas de transferencia y
difusión de los resultados obtenidos en las
actividades de investigación de la Universidad.
Los poderes públicos deberían dotar a las
universidades de los recursos suficientes para que
los Consejos Sociales puedan desarrollar las
funciones encomendadas de manera adecuada.
5.- Rector
El Rector es la máxima autoridad académica de la
Universidad, que ostenta la representación de la
misma, ejerce su dirección, ejecuta los acuerdos
del Claustro Universitario, de la Junta de Gobierno,
del Consejo Ejecutivo y del Consejo Social. Al
Rector le deberían corresponder cuantas
competencias no hayan sido expresamente atribuidas a
otros órganos de la Universidad.
El Rector tendría
que ser elegido por la comunidad universitaria de
entre los Catedráticos de Universidad que presten
servicios en la misma y nombrado por el órgano
correspondiente de la Comunidad Autónoma. Los
Estatutos deberían regular el procedimiento para su
elección, la duración de su mandato y la
posibilidad de su reelección y revocación.
6.- Gerente
El Gerente de la Universidad es el responsable de la
gestión de los servicios administrativos y económicos
de la misma. Debería ser nombrado por el Rector, oído
el Consejo Social y no podría ejercer funciones
docentes.
7-Estructura de la Universidad
La organización académica de la Universidad debería
establecerse en los Estatutos. Sobre una base
departamental, es a cada una de las Universidades a
las que debe corresponder la decisión de mantener
una estructura clásica de Facultades, Escuelas Técnicas
Superiores y Escuelas Universitarias, en la que cada
una de ellas organice los estudios conducentes a uno
o a varios títulos académicos, o establecer otros
tipos de centros en función de una organización
diferente para la impartición de sus estudios
reglados y no reglados.
6-
Universidades Privadas
Desde la aprobación de la Ley de Reforma
Universitaria se ha producido un destacable
incremento de la oferta de enseñanza superior,
tanto en las universidades públicas como en las
universidades privadas.
El número de universidades públicas prácticamente
se ha duplicado desde 1983, en justa proporción con
el aumento del número de estudiantes
universitarios. Por el contrario, el crecimiento de
la oferta privada se ha caracterizado por la
proliferación de centros con una desigual calidad,
lo que ha dado lugar a un mapa atomizado con una
importante densidad en la Comunidad de Madrid y,
sorprendentemente, dada la previsible evolución
cuantitativa de la demanda en esa Comunidad, en
Castilla y León.
Esta proliferación de centros, unida a un control
insuficiente de su calidad y del respeto efectivo de
la libertad académica, ha llevado en algunas
ocasiones a episodios lamentables que se han
denunciado desde el Partido Socialista y han quedado
recogidos en las páginas de los periódicos.
Además, en aquellos estudios donde se ha hecho
necesario fijar un cupo de admisión para asegurar
un cierto ajuste con la demanda social de titulados,
se está generando una clara desigualdad de
oportunidades en el acceso a la profesión. Sirvan
de ejemplo, por lo escandaloso del caso, los
estudios de odontología.
En 1991, el Real Decreto 557/1991 establecía una
serie de normas básicas para la creación y
reconocimiento de Universidades y Centros
universitarios. La enseñanza superior es un
servicio público y, dado su carácter esencial y
trascendente para la comunidad, corresponde al
Estado, junto a las Comunidades Autónomas, velar
por la existencia, mantenimiento y calidad de las
universidades.
El Anteproyecto de Ley elaborado por el Ministerio
recoge, literalmente, algunas de las disposiciones
ya establecidas por el RD 557/1991, pero dibuja un
escenario en el que las Universidades y Centros
privados parecen los únicos que gozarán realmente
de autonomía, una autonomía con todos los derechos
y prácticamente ningún deber. Se favorece el
desarrollo sin control de centros, que no
Universidades, privados y se otorgan ventajas
injustificables a las nuevas universidades de la
Iglesia Católica.
Las diversas interpretaciones sobre la participación
de las Universidades privadas en el Consejo de
Coordinación Universitaria que recoge el
Anteproyecto, realizadas por el Gobierno de forma
improvisada y vergonzante en transcurso del debate,
siguen sin dejar claro que papel se prevé para éstas
en el citado órgano.
En resumen, el Proyecto de Ley eleva, de forma
innecesaria, a rango de Ley, algunos preceptos de la
actual regulación de las universidades privadas, y
olvida, por el contrario, otros que sí deberían
tener tal consideración normativa, dada la
experiencia acumulada desde la aprobación de la LRU
e incluye, en fin, otros preceptos que resultan
improcedentes y que, en algunos casos, suponen
agravios para las universidades públicas
Los socialistas creemos que, de acuerdo con lo
establecido en la Constitución, las personas físicas
y jurídicas tienen derecho a la creación de
centros docentes, también de Universidades. Es un
derecho que tiene que ejercerse de acuerdo con los
restantes principios constitucionales: el derecho a
la libertad de cátedra, la autonomía universitaria
y la potestad del Estado para regular las
condiciones de obtención, expedición y homologación
de títulos académicos y profesionales, entre
otros. La exigencia de garantías de calidad para
las universidades privadas deriva, pues, de los
principios constitucionales, del carácter de
servicio publico que la enseñanza superior tiene y
constituye una reivindicación del propio sector
privado que ha observado alarmado la aparición de
una oferta en este sector sin ninguno tipo de
control. Con estos objetivos, los socialistas
proponemos la inclusión en el proyecto de ley de
reforma de la LRU de los siguientes extremos:
1. Todo centro que imparta estudios que conduzcan a
la obtención de un título homologado con validez
en todo el territorio nacional deberá estar
integrado en una Universidad, pública o privada.
2. Para la autorización de inicio de actividades y
para el mantenimiento de la misma, al menos el 30 %
del personal docente e investigador de entre la
plantilla estable de las Universidades privadas
deberá haber superado el proceso de acreditación
que se describe en el apartado 4 de este documento.
3. La condición de funcionario docente en activo en
una Universidad pública será incompatible con la
docencia en Universidades privadas.
4. La oferta de plazas de las diversas enseñanzas
se fijará en un marco general de programación que
incorporará a las Universidades públicas y
privadas.
5. Las plantillas docentes de las Universidades
privadas deberán incluir un número suficiente de
profesores estables, como garantía efectiva de las
libertades de cátedra, investigación y estudio.
Finalmente, el proyecto tendría que prever con
claridad que la participación de los rectores de
las Universidades privadas en el Consejo de
Universidades, debería quedar limitada, en lo que
al derecho al voto se refiere, a aquellos asuntos
que afecten a esas Universidades.
7-
Calidad, evaluación y acreditación de las
universidades
La LRU significó un paso decisivo para lograr un
nivel de calidad en la investigación y en la enseñanza
superior en España. Gracias a ella nuestro sistema
universitario es hoy homologable al de cualquiera de
los países de nuestro entorno económico y
cultural. Por otra parte el ejercicio responsable de
la autonomía universitaria ha dado pie, en el
terreno de la evaluación de la calidad, a
innovaciones institucionales en las que las
universidades españolas han caminado al compás y a
veces por delante de las experiencias más
innovadoras en Europa. Nos referimos a los programas
de evaluación institucional de la calidad que, como
es sabido, se iniciaron con el Plan Experimental que
puso en marcha el Consejo de Universidades en
1993-94, continuaron con la participación española
en el Proyecto Piloto Europeo para la Evaluación de
la Calidad de la Enseñanza Universitaria - cuyas
conclusiones se aprobaron en Las Palmas de Gran
Canaria, coincidiendo con el final de la Presidencia
Española de la UE en 1995- y culminaron con la
puesta en marcha del Primer Plan Nacional de
Evaluación de la Calidad de las Universidades que
entró en vigor en 1996. En la actualidad, prácticamente
todas las universidades públicas y privadas españolas
están participando de forma voluntaria y con
creciente intensidad en planes de evaluación
institucional de la calidad. Gracias a ellos se está
extendiendo una cultura de la calidad en las
universidades españolas y se está mejorando la
información que las universidades ofrecen a los
ciudadanos y a las Administraciones Públicas sobre
la calidad de los servicios que prestan. A pesar de
la escasez de medios, el Consejo de Universidades,
ha conseguido movilizar a la comunidad universitaria
en la búsqueda activa de estándares de calidad. A
este esfuerzo se han sumado la mayoría de las
Comunidades Autónomas, algunas de las cuales
(Cataluña, Andalucía, y recientemente Galicia y
Castilla y León) han puesto en marcha Agencias de
Evaluación de la Calidad de sus respectivas
universidades.
En el caso español esta experiencia ha venido
precedida de una exitosa consolidación de las prácticas
de evaluación de la actividad investigadora de los
profesores universitarios por parte de una Comisión
Nacional, y de una más dudosa puesta en práctica
de metodologías de evaluación individualizada de
la actividad docente por parte de cada universidad.
Todas estas experiencias pueden considerarse
verdaderas innovaciones institucionales que el
sistema universitario español, apoyado por las
Administraciones Públicas competentes, incluido el
propio Ministerio, a través del Consejo de
Universidades, ha ido generando como respuesta a los
nuevos retos de calidad que las universidades deben
afrontar en la sociedad del conocimiento. Estos
retos se articulan fundamentalmente en tres ejes:
1) Por una parte, las universidades deben dar
respuestas flexibles, rápidas y diferenciadas a los
cambios que se producen en las demandas sociales. Un
sistema universitario adaptado a la sociedad del
conocimiento debe estar preparado para adecuar su
oferta de enseñanzas a esas necesidades cambiantes,
no sólo en relación con el catálogo de títulos
oficiales, sino también en relación con la enorme
cantidad y variedad de servicios de formación
continua, de investigación y desarrollo tecnológico
o de actividad creativa que las universidades tienen
que asumir.
2) Por otra parte, las demandas sociales van acompañadas
también por mayores expectativas respecto a la
calidad de los servicios que presta la Universidad y
por una mayor preocupación por la información que
al respecto reciben los usuarios de tales servicios,
como son los propios estudiantes, pero también las
empresas y las administraciones que apoyan y
financian la actividad universitaria.
3) Por último, el espacio en el que se produce este
juego de demandas sociales, expectativas ciudadanas
y respuestas universitarias se ha ampliado geográficamente,
de manera que las universidades tienen que asumir,
cada día de una manera más explícita, la dimensión
europea e internacional del reto de la calidad y
buscar activamente la homologación internacional de
los servicios que prestan.
En relación con todo este ámbito de problemas y
experiencias universitarias, el proyecto del
gobierno introduce en su parte final una especie de
"anexo" en el que se definen las funciones
y la naturaleza de una Agencia Nacional de Evaluación
y Acreditación. Aún reconociendo la correcta
intención de recoger en unos cuantos párrafos las
funciones esenciales que debería cubrir la Agencia,
hay dos críticas fundamentales que hacer a esta
parte del proyecto del Gobierno:
1. Aunque la definición de las funciones de
evaluación y acreditación que se atribuyen a la
Agencia se puede aceptar como una buena declaración
de intenciones, brilla por su ausencia cualquier
tipo de articulación de estas funciones con el
resto del proyecto de Ley.
2. La escasa definición institucional de la Agencia
(el proyecto se limita a decir que el Gobierno
determinará la estructura orgánica y los medios
necesarios) conoce aún insuficientemente, por una
parte, las iniciativas y posibilidades de las
Comunidades Autónomas en este terreno y, por otra,
configura la Agencia como un órgano que puede
depender exclusivamente del Gobierno, contraviniendo
así las exigencias de independencia académica y
científica que este tipo de instituciones deben
tener para que puedan operar con plenas garantías
de funcionalidad y coherencia con la autonomía
universitaria y la independencia de la actividad
científica.
3. La ausencia a la referencia europea, una
constante en el Anteproyecto presentado por el
Gobierno, hace que no se considere el papel de la
Agencia en la futura red europea de Agencias de
Acreditación que acompañará, como pieza
fundamental, a la construcción del espacio europeo
de la enseñanza superior.
Frente a esta indefinición y artificiosidad del
proyecto de Ley del Gobierno, en relación con la
calidad y la acreditación en el sistema
universitario, el PSOE articula su propuesta en los
siguientes términos:
· Se creará una Agencia Estatal de Evaluación y
Acreditación de la Calidad de las Universidades.
· La Agencia será un organismo independiente, de
carácter científico y técnico, regido por un
consejo rector cuyos miembros deberían ser elegidos
por el Consejo de Universidades, ente profesores
universitarios e investigadores de reconocido
prestigio, con al menos 3 sexenios de investigación
y 3 quinquenios de docencia evaluados positivamente,
propuestos por la Comisión Académica.
· La Agencia, en estrecha coordinación con las
agencias de evaluación de la calidad de las
universidades que pudieran crear las Comunidades Autónomas,
desarrollará sus actividades en tres ámbitos:
evaluación de la calidad institucional, evaluación
del profesorado y acreditación de instituciones,
centros y programas de enseñanza.
· En relación con la evaluación de la calidad, la
Agencia se encargará de definir criterios y
metodologías de referencia para la evaluación de
la misma.
· En relación con la evaluación del profesorado
la Agencia definirá criterios y metodologías de
evaluación de la investigación y la docencia de
los profesores universitarios.
· En relación con la acreditación de
instituciones, centros y programas universitarios,
la Agencia, en coordinación con las de las CCAA,
emitirá periódicamente informes sobre el nivel de
calidad alcanzado por las instituciones
universitarias, centros y programas o servicios que
lo soliciten.
8.-
Financiación de la Universidad
El sistema universitario español ha crecido de
forma significativa desde que se aprobó la LRU. Un
solo dato permite evaluar la magnitud de este
crecimiento. En el curso 1983-84 había en España
744.115 estudiantes universitarios, el curso pasado
1999-00 ese número había aumentado hasta
1.584.819. Desgraciadamente, este incremento no se
ha traducido en un aumento proporcional de los
recursos que nuestro país dedica a la enseñanza
superior. Sin negar los avances, que los ha habido,
fundamentalmente, en inversiones universitarias, lo
cierto es que todas las estadísticas disponibles
colocan a España a la cola de los países de la
OCDE y de la Unión Europea en lo que a gasto por
estudiante se refiere. Un solo dato permite, también
en este caso, avalar esta afirmación. España está
14 puntos por debajo de la media de los países de
la OCDE en lo que al gasto por estudiante en relación
al producto interior bruto se refiere. Además
tenemos una estructura de gasto enormemente
desequilibrada. Menos gasto corriente por estudiante
y más gasto de personal, a pesar de que los
salarios de nuestros profesores están también por
debajo de la media de la OCDE.
Es evidente que una reforma universitaria que
persiga incrementar la calidad docente e
investigadora no puede desconocer esta carencia de
recursos. Es cierto que un incremento presupuestario
que no viniera acompañado de las necesarias
reformas en la organización de las universidades y
en su régimen de profesorado sería insuficiente
para alcanzar los objetivos que se buscan. Pero no
lo es menos que los cambios en las leyes sin un
esfuerzo presupuestario adecuado no darán los
resultados apetecidos. La Universidad española
necesita reformas legislativas y estatutarias y más
recursos económicos. Solo así podrá afrontar con
garantías los retos que la sociedad del
conocimiento le está planteando y la imprescindible
homologación con las universidades de los países
de la Unión, en el espacio europeo de enseñanza
superior que se está construyendo.
Pero si los recursos que se destinan a nuestras
universidades son escasos, la actual política de
becas es claramente insuficiente para garantizar la
igualdad de oportunidades. En España los recursos públicos
destinados a becas y otras ayudas al estudio
representan tan solo el 0,1% del PIB, casi la
tercera parte de la media de los países de la OCDE,
que es el 0,27%. Menores recursos públicos y un
tanto por ciento más bajo de estos recursos
dedicado a políticas de igualdad de oportunidades,
dan como resultado que España dedica 359 euros por
estudiante a becas y otras ayudas al estudio, frente
a los 1477 euros de media en los países de la OCDE.
No parece que estos datos sean compatibles con un
sistema que debería garantizar la equidad en el
acceso a los estudios superiores y, aun menos, con
el establecimiento de un distrito abierto, al que
deberá preceder, por responsabilidad social, una
profunda revisión de las actuales ayudas.
Por todo ello, los socialistas creemos que la ley
que el Gobierno ha propuesto es claramente
insuficiente. Una única referencia genérica a la
financiación universitaria y algunas previsiones
generales con relación al sistema de becas y ayudas
al estudio, es todo lo que aporta para resolver las
graves carencias presupuestarias de nuestras
universidades. Ningún compromiso financiero,
ninguna concreción presupuestaria. La Universidad
española está ante una ocasión excelente para
abordar una reforma global. En los próximos meses
puede ver la luz la modificación de la LRU y el
nuevo sistema de financiación de las Comunidades
Autónomas.
Por ello los socialistas proponemos:
1-Incluir en el nuevo modelo de financiación autonómica
las previsiones necesarias para alcanzar en un plazo
de diez años una financiación de 6600 euros por
estudiante- actualmente 4.000-, y situar el gasto en
educación universitaria en el 1.5% del PIB.
2-Aprobar un Plan Nacional de mejora de la calidad
de la enseñanza universitaria para, mediante los
oportunos convenios con las Comunidades Autónomas y
las Universidades, financiar determinadas
actuaciones, fundamentalmente, las derivadas de los
procesos de evaluación desarrollados en la Agencia
a la que se refiere el anterior apartado 7 y las
dotaciones de las plazas de profesores que las
universidades decidan convocar para doctores que
desarrollan su trabajo fuera de la propia
Universidad.
3-Revisar el actual sistema de becas en un doble
sentido: incrementar, por una parte, el número y la
cuantía de las actuales ayudas de forma que en un
plazo de diez años la cobertura del sistema de
becas alcance al 40% de los estudiantes
universitarios y que se duplique la cuantía
individual de las actuales ayudas; y, por otra,
diversificar el sistema de ayudas de manera que en
los segundos ciclos las becas vayan complementándose
con un sistema público de préstamos que garantizan
la equidad al tiempo que suponen un pacto entre
generaciones para financiar la enseñanza superior.
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